El Alto Tribunal considera que el interés retributivo de la hipoteca era abusivo y convierte la deuda de los herederos en un préstamo gratuito Leer
El Alto Tribunal considera que el interés retributivo de la hipoteca era abusivo y convierte la deuda de los herederos en un préstamo gratuito Leer
Audio generado con IA. En una sentencia del 2 de julio de 2026, el Tribunal Supremo anuló por completo los intereses que debían pagar los hijos de un matrimonio fallecido que había pedido una hipoteca inversa.. En 2010, este matrimonio la solicitó a Kutxabank. El trato era el siguiente: la pareja de ancianos recibiría 47.611,53 € al inicio del préstamo para cancelar una hipoteca normal que ya tenían contratada, 19.000 € en efectivo para sus necesidades y gastos personales, 1.667,84 € para pagar los gastos de notaría y una pensión mensual de 180 euros hasta el día de su fallecimiento.. El contrato fijaba un interés anual del 6,5% al que no tenían que hacer frente los ancianos en vida: el pago lo afrontarían sus herederos. La cosa es que, pese a que en el contrato figuraba que el interés sería simple, acabó cobrándose de forma compuesta por la letra pequeña: la deuda aumentaba mes a mes y, cuanto más grande se hacía, mayor era la cantidad que significaba ese 6,5%. En caso de impago, el banco tendría derecho a vender los bienes heredados para saldar la deuda.. Así lo explica el Supremo en la sentencia: «Procede decretar la nulidad de la cláusula tercera del contrato que carece de transparencia en cuanto a la forma de cálculo de los intereses». El contrato finalizó en 2019 cuando el último de los dos ancianos falleció y los herederos tomaron la decisión de pelear en los tribunales. Siete años después, el Alto Tribunal condena a Kutxabank a devolver todo el dinero de los intereses que se han cobrado indebidamente durante los nueve años que el contrato estuvo activo y durante los posteriores años que duró el juicio, es decir, convierte ese préstamo al 6,5% a un préstamo al 0%, lo que el perito de los demandantes calculó que serían unos 30.000 euros de perjuicio económico al inicio de todo el proceso.. Además, el banco también fue condenado a pagar las costas del juicio (sólo en primera instancia) y a devolver a los herederos intereses legales calculados desde el día exacto en que se realizó cada pago. También quedó sin efecto la penalización que el banco pensaba cobrar a los hijos si se retrasaban en el pago de la deuda contraída.. Durante el recorrido del caso por los tribunales de España los herederos sufrieron varios reveses hasta llegar al Supremo: el Juzgado de Primera Instancia de Valladolid sólo declaró nulas las cláusulas de intereses de demora porque el propio banco aceptó retirarlos en el juicio, pero no condenó en costas y le dio la razón a Kutxabank en todo lo demás.. La familia recurrió la decisión y el caso fue a parar a la Audiencia Provincial de Valladolid, que alegó que cobrar «intereses sobre intereses» era una «práctica abusiva» y sin la suficiente transparencia. La victoria de los hijos fue a medias, porque la Audiencia sí creyó justo que la familia pagara los intereses en su forma simple, no compuesta. Ya en la última parada, el Supremo, lograron una victoria completa.
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